jueves, 21 de octubre de 2010

Asignación Nº 3 - Análisis de Gacetas y Normas PNFI

Resolución Nº 2963 publicada en la Gaceta Oficial Nº 38.930

     Debido a la necesidad de un proceso de inclusión social, planteada por el ejecutivo nacional, que debe fundamentarse en el desarrollo humano integral; fueron creados los Programas Nacionales de Formación en Educación Superior, orientados a constituir espacios de formación abiertos donde la comunidad, las casas de estudio y el factor humano se acoplen con el fin de lograr su progreso y el de la nación.
     Con la finalidad de regular los PNFES, el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior resuelve publicar la resolución Nº 2963 de fecha 14 de mayo del 2008, donde se plasman los lineamientos generales a seguir. En ella se establecen sus características, condiciones para su aplicación y ejecución, la creación de un comité interinstitucional para fortalecer su gestión, obligaciones de los institutos y compromiso con las comunidades de su entrono.
     En esta resolución se puede visualizar el compromiso del ejecutivo nacional con el proyecto establecido en nuestra carta magna en pro del fortalecimiento de la soberanía nacional al crear las bases para una educación más comprometida con las necesidades del pueblo venezolano.


Resolución Nº 549 publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.483

     A los fines de regular el proceso de evaluación de los participantes en los Programas Nacionales de Formación, el MPPES mediante la resolución 549 de fecha 09 de agosto del 2010, establece los lineamientos de aplicación obligatoria por parte de las instituciones de educación universitaria que los gestionan. En ella se establecen los principios de Corresponsabilidad, Cooperación, Solidaridad, Justicia, Transparencia e integridad a los que debe ajustarse el estudiante y las características de la evaluación de su desempeño.
     Se establece la organización de los estudios en trayectos divididos a su vez en trimestres con una duración total para la obtención del título entre 2 y 3 años para T.S.U. y entre 4 y 5 años para licenciatura o ingeniería. Las unidades curriculares persiguen una formación humanista e integral conjugando formación de destrezas y conocimientos con valores orientados a la construcción de una sociedad con igualdad de condiciones. Por eso los proyectos, seminarios, talleres, cursos, laboratorios, son orientados al bienestar de la comunidad del entorno.
     La diversidad de formas de evaluación le otorga al estudiante diferentes oportunidades para lograr la aprobación de las unidades curriculares. También  se permite la discusión del plan de evaluación con el facilitador o profesor y si se reprueba, existe posibilidad de recuperación. Por otro lado, los comités interinstitucionales evalúan el impacto del desempeño de los estudiantes en la comunidad y de ser necesario reorientan los procesos para adaptarlos a la consecución de los objetivos propuestos.
    
Normativa transitoria para la administración de los PNF

     Si bien es cierto que la resolución 549 es bastante completa en cuanto a los lineamientos a seguir para evaluar el desempeño estudiantil en los PNF, también es cierto que las distintas instituciones que los imparten están en la capacidad de evaluar e implantar los posibles ajusten que consideren necesarios para administrarlos y adecuarlos a requerimientos particulares como unificar carreras para la prosecución de los estudios por la correspondencia curricular o ampliación a 4 trimestres en el trayectos para cubrir las carencias por diferencia en los pensum de estudio.

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